Nuevos montos y reglas para operaciones con el exterior: cambia la Ley de Ganancias

La medida busca simplificar el régimen tributario y adaptarlo a la realidad económica actual.

El Gobierno nacional oficializó una serie de modificaciones en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de modernizar el sistema tributario y simplificar su cumplimiento. Las medidas fueron establecidas mediante el Decreto 767/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.

Según la nueva normativa, se eleva a $500 millones el monto anual desde el cual los contribuyentes deberán informar sus operaciones internacionales ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Asimismo, las transacciones con sujetos vinculados del exterior o jurisdicciones no cooperantes quedarán exentas de presentar declaraciones especiales si no superan los $150 millones en total o los $15 millones por operación.

El decreto también redefine los “bienes con cotización”, incorporando precios de referencia de mercados nacionales e internacionales, y establece la obligación de registrar electrónicamente los contratos de exportación dentro de los 60 días posteriores al embarque.

Desde el Gobierno, explicaron que la medida se enmarca en un proceso de modernización tributaria destinado a “adaptar la normativa a la realidad económica actual, otorgar seguridad jurídica y optimizar el control estatal”.

Además, se modifica el Decreto 353/2025, extendiendo el régimen simplificado de declaración del Impuesto a las Ganancias a personas humanas con determinadas rentas de fuente extranjera, cuando así lo disponga ARCA.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el miércoles 29 de octubre y regirán para los ejercicios fiscales que cierren a partir de esa fecha.