Los contribuyentes adheridos al régimen simplificado tienen tiempo hasta este martes para revisar su facturación anual y verificar si corresponde modificar la categoría en la que se encuentran inscriptos.
Aunque los períodos obligatorios de recategorización son en febrero y agosto, la normativa permite que los monotributistas actualicen su condición en cualquier momento si los parámetros cambian.
Para determinar si es necesario recategorizarse, se deben analizar los valores correspondientes a los últimos 12 meses de actividad, en función de los siguientes indicadores:
-
Ingresos acumulados
-
Consumo de energía eléctrica
-
Superficie afectada a la actividad
-
Alquileres devengados, si aplica
Requisitos y pasos para la recategorización
El trámite se realiza completamente en línea, es gratuito y no lleva más de 15 minutos. Para poder iniciarlo es necesario contar con:
-
CUIT
-
Clave fiscal habilitada en el sitio de ARCA
-
Estar dado de alta en el régimen de monotributo
Pasos a seguir:
-
Ingresar al sitio de ARCA con CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.
-
Seleccionar la opción “Recategorización” y luego presionar “Recategorizarme”.
-
Verificar la categoría actual y los parámetros vigentes.
-
Ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses y responder si se utiliza un local.
-
Completar los datos solicitados sobre la actividad.
-
Confirmar la nueva categoría que propone el sistema.
-
Imprimir la credencial actualizada una vez finalizado el trámite.
⚠️ Información importante
ARCA puede realizar una recategorización automática si detecta, por movimientos bancarios o consumos con tarjeta de crédito, ingresos superiores a los declarados por el contribuyente. En ese caso, la categoría será ajustada de forma unilateral.
