El 26 de marzo del corriente año, la Ciudad de Buenos Aires fue testigo de un suceso sin precedentes en el ámbito judicial argentino: se dictó la primera sentencia oral por maltrato animal. La jueza Karina Andrade, a cargo del caso, emitió un veredicto histórico condenando al imputado por actos de crueldad contra animales, marcando un hito en la lucha por los derechos de los seres no humanos.
El imputado recibió una pena de ocho meses de prisión en suspenso, acompañada de condiciones que incluyen la obligación de asistir al Programa Protenencia del Ministerio de Salud y completar una capacitación en el Observatorio del “Vínculo Humano-Animal” de la Universidad Nacional Arturo Jauretche (UNAJ). La sentencia, aunque suspendida, establece un importante precedente legal al reconocer a los animales como sujetos de derecho.
La decisión de la jueza Andrade se basó en la consideración de que los animales no humanos son víctimas legítimas de la crueldad y merecen protección jurídica. Al respecto, Andrade destacó que la ley 14.346, en su enfoque no antropocéntrico, otorga a los animales un estatus jurídico que los reconoce como sujetos de derecho.
El caso se centró en el entorno deplorable en el que se encontraban los animales, lo que constituyó un acto de crueldad según lo establecido en la ley. La jueza rechazó el argumento de la defensa de que la conducta del imputado se ajustaba a una contravención menor, y en su lugar, afirmó que el bien jurídico tutelado es la autonomía y dignidad de los animales.
Andrade comparó la situación de los animales con la trata de personas, enfatizando la importancia de considerar a los animales no humanos como individuos con derechos y dignidad propios. Su decisión establece un nuevo paradigma legal que reconoce la importancia de proteger a los animales contra la crueldad y el sufrimiento innecesario.