Fallo inédito en Tucumán: la Justicia prohíbe difundir imágenes de un hijo sin consentimiento de ambos padres

Una jueza ordenó cesar la publicación de imágenes de un niño utilizadas para promocionar un negocio sin aval del padre.

El doctor Diego Nievas, secretario de Violencia de los Juzgados de Familia de la Segunda Circunscripción Judicial, analizó en “El Potenciómetro”, un fallo reciente de la Justicia de Tucumán que prohíbe a una madre publicar imágenes de su hijo en redes sociales sin el consentimiento del padre.

El fallo, calificado como “novedoso y ejemplificador”, surgió a raíz de la denuncia del progenitor, quien advirtió que la madre utilizaba la imagen del niño con fines comerciales, promocionando un emprendimiento propio. La Justicia determinó que esta acción vulneraba el derecho a la intimidad, la identidad digital y la seguridad del menor.

“Se está marcando una tendencia judicial que reconoce que los niños tienen su propia intimidad, y que los progenitores no pueden manejarla de forma unilateral”, explicó Nievas.

La jueza fundamentó su decisión en la huella digital permanente, señalando que lo publicado en redes “queda para siempre” y puede tener consecuencias futuras para la integridad del niño.

Si bien no se prohíbe la publicación por completo, el fallo establece la obligatoriedad de contar con la aprobación de ambos padres, remarcando que la privacidad es un derecho compartido y protegido por ley.

Además, Nievas señaló que la sobreexposición, incluso con el acuerdo de los padres, puede ser revisada por la Justicia si se considera perjudicial para el niño. “Existe un falso derecho de los padres a hacer lo que quieran con la imagen de sus hijos. La ley se los prohíbe, y también puede actuar de oficio si detecta una vulneración”.

Consultado sobre si esta protección abarca a niños con discapacidad, Nievas fue claro: “La intimidad es un derecho universal. No depende de la condición del menor.

Finalmente, el funcionario destacó que en su jurisdicción aún no se registraron casos idénticos, pero sí situaciones donde fue necesario intervenir para resguardar la privacidad de menores expuestos por sus propios padres en contextos de violencia familiar.