Armas no letales: Un debate urgente para las fuerzas policiales

Legislación y Vacíos Legales en la Implementación de Armas Electrónicas

Cada vez que se escucha de situaciones delicadas como lo ocurrido hace pocos días en Villa Mercedes, donde un efectivo policial (Patrullas del DRIM), fue atacado con un arma blanca, saltan las alarmas de aquellos que estamos comprometidos con la seguridad.

Quién puede negar que las fuerzas de seguridad necesitan estar equipadas con herramientas que faciliten el uso diferenciado de la fuerza?, en razón de la hipótesis de intervención y de una correcta resolución de conflictos.

En el actual contexto social, donde la violencia y la inseguridad se han vuelto parte de la agenda cotidiana, dotar a los cuerpos policiales de instrumentos modernos no es un lujo, sino una necesidad. El correcto uso de estas tecnologías debe estar orientado a una intervención eficaz, pero también proporcional y respetuosa de los derechos humanos.

En este sentido, las armas electrónicas de incapacitación neuromuscular, comúnmente conocidas como Taser, merecen una seria discusión. Para abordar este tema, el presente artículo se basará en un eje central de seis elementos necesarios:

  • Breve reseñas de armas electrónicas de incapacitación neuromuscular
  • Sus beneficios y falencias
  • Legislación Vigente
  • Mirada ideológica
  • Experiencias estadísticas en otros países
  • Otras armas no letales 

Reseñas de Armas electrónicas de incapacitación:

Por definición las “Pistolas” Taser, por asignarles un formato, ya que existen en diversos modelos, también conocidas como elemento eléctrico o armas de electrochoque, fue inventado en 1974 por Jack Cover, un exmiembro de la NASA.

El primer modelo de Cover tenía forma de linterna y usaba un sistema de ignición por pólvora para disparar electrodos. Básicamente está herramienta somete a la persona mediante una descarga eléctrica intensa que interrumpe brevemente el control voluntario de los músculos.

Continuando con su descripción, este elemento proyecta dos pequeños dardos con púas que se introducen en la piel, asegurando un flujo continúo de un altísimo voltaje que ronda entre 2000 y 5000 volt.

La Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF) EEUU, lo clasificó como arma de fuego del Título II, dando comienzo en 1993 a un nuevo concepto dentro de las armas menos letales. Sus primeras hipótesis de intervención fueron la de someter a sospechosos beligerantes o fugitivos, situaciones que de no mediar estás herramientas sería necesario la utilización de armas letales.

 

Beneficios y Falencias de su utilización:

En otras palabras debemos hablar de Costos – Beneficios. Siempre que los agentes del orden dispongan de más y mejores herramientas para hacer cumplir la ley, estamos hablando de profesionalismo, precisamente si analizamos el uso racional y gradual de las armas, es intrínsecamente necesario mencionar las prioridades que tiene la policía al momento de proceder.

La primera y fundamental es preservar la integridad y la vida de las víctimas.

Con experiencia en equipos tácticos, puedo mencionar que era nuestro preámbulo inalienable, primero preservar la integridad de las víctimas, segundo la integridad de los agentes, y aún así también la vida y la integridad física del delincuente.

Teniendo bien presente estos tres pilares en el procedimiento, es que se presenta una dinámica de complejidad en cada una, que demanda de diversos recursos, elementos y equipamiento, basados en una sigla que los americanos llamarón SWAT (Armas Especiales y tácticas especiales), que nacen para la resolución de delitos de alta complejidad, pero que por estadistica puedo decir que aplican a infinidad de situaciones.

El criterio en el proceder policial, necesita ser acompañado de herramientas especiales, se debe resguardar la integridad de terceros, luego del personal policial y así mismo del sospechoso.

Es en estás situaciones que se ha demostrado que el uso de armas menos letales “Salvan Vidas”.

No podemos dejar de enumerar también los aspectos negativos porque los hay:

Pueden provocar consecuencias graves en personas con afecciones cardíacas, bajo efectos de drogas o en estados de agitación extrema. Además, existen antecedentes de uso abusivo en situaciones que no requerían el ejercicio de la fuerza, lo que pone en evidencia la necesidad de una formación rigurosa para el personal policial.

Su implementación sin protocolos claros ni legislación uniforme, como ocurre en muchas provincias argentinas, genera incertidumbre jurídica y operativa.

Legislación vigente en Argentina

En nuestro País, el uso de estas armas fue aprobado por el Ministerio de Seguridad de la Nación en 2019 para ciertas fuerzas federales, pero su aplicación sigue siendo dispar en el interior del país.

En San Luis, la falta de normativa clara, protocolos específicos y formación operativa adecuada genera un vacío que impide el avance hacia una policía mejor equipada y más eficiente.

Será una consigna clara para todos los partícipes de los tres poderes, articular su colaboración en la construcción de herramientas legislativas, órdenes ejecutivas y amparo legal, para que el sueño de instituciones de primer mundo se convierta en una realidad.

Mirada ideológica

El debate sobre las armas Taser ha sido muchas veces secuestrado por posturas ideológicas extremas. Desde sectores que las consideran instrumentos represivos, hasta quienes las ven como la única solución al delito. Personalmente, creo que ni el fetichismo de la fuerza ni el discurso garantista extremo construyen una solución real. La seguridad moderna exige equilibrio, formación y equipamiento ético.

Exactamente un año atrás la Policía de Córdoba presentaba en sociedad la implementación del equipamiento “No Letal” BYRNA mediante una jornada de ejercicios policiales muy bien pensados y televisados en canales locales. El periodismo local con su mirada particularmente poco formada en temas de seguridad, abordaron a los Jefes policiales con infinidad de preguntas relacionadas con aspectos políticos e indagando si la utilización de estos elementos novedosos para la prevención del delito serían utilizados en manifestaciones sociales.

No se puede desconocer que cuando hablamos de equipar mejor a nuestras Policías estará en el imaginario colectivo de muchos ciudadanos que estos elementos serán intrínsecamente aplicados a procesos represivos o que están mal asignados, desconociendo que estadísticamente el armamento menos letal o no letal siempre asegurará una resolución de procedimientos con el menor daño colateral a todas las partes intervinientes.

Experiencias internacionales

Países como Estados Unidos, Reino Unido, Canadá o Brasil han incorporado el uso de armas electrónicas con diversos resultados. En general, los informes estadísticos muestran una disminución en el uso de armas de fuego y un aumento en la resolución no letal de conflictos. Sin embargo, también han surgido casos de abuso, lo que reafirma la necesidad de protocolos claros, supervisión, control civil y profesional sobre las fuerzas.

Otras armas no letales

Además de las Taser, existen otras opciones como aerosoles de gas pimienta, balas de goma, proyectiles de espuma, redes inmovilizadoras y dispositivos acústicos de disuasión. Todas estas herramientas requieren evaluación técnica, pero pueden ser parte de un arsenal policial moderno que evite la lógica de matar o morir.

 En San Luis, urge una política seria y moderna de equipamiento policial. No podemos seguir atados a discursos vacíos ni a viejas estructuras.

Como consultor en seguridad, sostengo que dotar a la Policía puntana de tecnología no letal como las armas Taser, sería un paso concreto hacia una respuesta más profesional, más humana y más eficaz.

En un próximo artículo analizaremos el equipamiento NO LETAL del Sistema BYRNA, recientemente adquirido por el Ministerio de Seguridad Provincial.